Revisión de EPIs para trabajos en altura

Un equipo de protección individual o EPI es cualquier dispositivo o medio que vaya a llevar o del que vaya a disponer una persona con el objetivo de que la proteja contra uno o varios riesgos que puedan amenazar su salud y su seguridad. Constituye siempre la última barrera entre la persona y el riesgo. Son indispensables para todos los trabajadores en altura, siempre y cuando no se puedan proteger los trabajos con protecciones colectivas. 

El objetivo de un EPI es prevenir las caídas, permitir el acceso y la salida a la posición de trabajo, y la sujeción en ella, con el fin de detener las caídas y su posible salvamento, por lo que los primeros responsables de que los EPI sean seguros son los fabricantes.

Posteriormente esta responsabilidad recae en la empresa que debe dotar al trabajador con los EPI’s necesarios para realizar los trabajos. Y el usuario el equipo, quien debe seguir minuciosamente las recomendaciones del fabricante.

La revisión de equipos de protección individual es necesario y obligatorio

Para revisar los EPI’s, debemos partir de la norma UNE-EN 365:2005, que establece los requisitos generales mínimos para las instrucciones de uso, mantenimiento, revisión periódica, reparación, marcado y embalaje de los equipos de protección individual para trabajos en altura, que incluyen un dispositivo de presión del cuerpo y otros equipos usados conjuntamente con él.

El fin de la revisión de un equipo de trabajo o EPI’s es la de determinar si dicho elemento se encuentra APTO o NO APTO para su uso. 

A los equipos considerados EPI se les aplica también los requisitos de los RD 1407/92 y 773/97. Este último, en su artículo 7 establece que la utilización, el almacenamiento, el mantenimiento, la limpieza, la desinfección cuando proceda, y la reparación de los equipos de protección individual deberán efectuarse de acuerdo con las instrucciones del fabricante. Las instrucciones para las revisiones periódicas las debe proporcionar el fabricante, facilitando toda la información y los equipos necesarios para que una persona competente que pueda realizar las revisiones periódicas.

REVISIÓN Y VERIFICACIÓN DE UN EPI

Cada equipo de protección individual se debe revisar teniendo en cuenta la legislación vigente, el tipo de equipo, frecuencia de uso y condiciones ambientales. Esta revisión debe ser al menos cada 12 meses, con especial atención a cada una de las partes clave del equipo, como pueden ser costuras o hebillas

El usuario portador del EPI debe proporcionar toda la información posible sobre el uso que se ha hecho del mismo, así como del entorno de trabajo donde ha sido utilizado.

Los EPIS cuentan con una vida útil que, en la mayoría de casos, viene indicada en la etiqueta del artículo, por lo que, si este ha excedido tal fecha, directamente será declarado NO APTO para su utilización.

Cuando adquirimos un nuevo EPI, es necesario leer toda la información relativa a las instrucciones de uso, mantenimiento, revisión, reparación, marcado y embalaje. Así sabremos qué hay que hacer para revisar un EPI y tenerlos siempre a punto.

¿QUIÉN DEBE REVISAR UN epi?

Primero debemos hacer una importante distinción entre mantenimiento y revisión periódica, porque no son lo mismo:

1 – El mantenimiento y cuidado de los EPI, cuya responsabilidad recae en los usuarios y trabajadores. Se trata de mantener los EPI en el mejor estado posible, que asegure que tendrá un funcionamiento eficaz y cumplirá su función de protección en caso de producirse un accidente. Trabajo que se debe hacer día a día con los equipos que se están utilizando durante los trabajos cotidianos y en los puestos de trabajo.

2 – La revisión periódica, que es el procedimiento, método y acción que efectúa una revisión en profundidad de los EPIs con el objetivo de detectar posibles defectos y desgastes, que influyan en las prestaciones técnicas de los elementos. Las revisiones periódicas, deben ser realizadas por personal competente y formado.

La norma UNE-EN 365 de ‘equipos de protección individual contra las caídas de altura’, nos indica quién tiene que revisar y controlar el mantenimiento de los Equipos de Protección Individual. Si bien es de carácter voluntario (no una ley como tal), esta norma está enfocada al 100% en los trabajos verticales, y en ella se puede observar la importancia de “que se forme al personal, se le evalúe como competente y se le den instrucciones escritas que le permitan seleccionar, usar, mantener y llevar a cabo revisiones periódicas de los EPI u otros equipos correctamente”

No cualquiera puede encargarse de esto, solo el personal debidamente cualificado puede llevar a cabo las revisiones periódicas y siguiendo estrictamente los procedimientos de revisión periódica que le indica el fabricante. Ha de ser personal competente especialmente formado para supervisar el estado de los EPI e identificar y evaluar sus defectos, debe localizar y solucionar cualquier tipo de alteración que pueda influir negativamente en las propiedades de protección del equipo.

Este profesional es formado por el fabricante o un representante autorizado. ATENCIÓN! el técnico de trabajos verticales también puede considerarse ‘personal competente’, pero solo en la revisión previa, como explicamos a continuación.

tipos de revisiones

Existen 3 tipos de revisiones:
 
  • REVISIÓN PREVIA: es la que realiza el *usuario o trabajador* antes de cada uso. Se trata de una comprobación visual del estado de los componentes del equipo y es especialmente importante si el EPI en cuestión es también utilizado por otros usuarios.
  • REVISIÓN PERIÓDICA: son las revisiones en profundidad programadas a través de un plan de gestión específico, llevadas a cabo por una “persona competente”. Legalmente no se contempla la frecuencia de estas revisiones, pero sí que deben hacerse siempre de acuerdo a las instrucciones del fabricante, normalmente una vez al año. 
  • REVISIONES ESPECIALES: son las que se realizan cuando el EPI ha sido sometido a condiciones extraordinarias, como accidentes, exposición a químicos o fuentes de calor, o por una falta prolongada de uso…

La distinción que hacemos entre “usuario” y “trabajador”, nos recuerda que no todos los equipos de protección individual son de uso profesional, sino que muchos de ellos pueden ser de uso doméstico o recreativo, como por ejemplo unas gafas de sol, unos tapones para los oídos o, en el ámbito deportivo, un arnés de escalada.

¿en qué consiste una revisión periódica de EPI's?

En protecciones gharo estamos acreditados para revisar epis como arneses, elementos de amarre, conectores, cascos, absorbedores de energía, trípodes, rescatadores, etc, de fabricación propia y de las marcas que distribuimos.

El procedimiento que rrealizamos es el siguiente:

Revisamos los EPI’s siguiendo las instrucciones del fabricante elaborando un informe indicando si es APTO o NO APTO para su uso, o si requiere algún tipo de reparación para su correcto funcionamiento e indicamos en el equipo la próxima fecha de su evaluación. Marcamos mediante un precinto el equipo en el cual se indica la fecha próxima de evaluación.

En caso de NO APTO gestionamos la destrucción del equipo evitando que sea utilizado por error.

Es muy importante, que el marcaje de EPIs este en buen estado, y por lo tanto, completamente legible con el fin de que la etiqueta identificativa nos de todos los datos necesarios para poder documentar la trazabilidad y revisión de los equipos.

LA FICHA DE REVISIÓN

 

La ficha de revisión debe contener una información esencial que debe documentarse de forma duplicada (para el revisor y para el usuario). En ella debe recogerse:

  • Producto: Modelo, tipo de identificación y marca comercial.
  • Nombre y datos del fabricante y del suministrador.
  • N.º identificativos: Serie y lote.
  •  Año de fabricación y la fecha de caducidad.
  •  Fecha de compra.
  •  Otra información necesaria: Mantenimiento y frecuencia de uso.
  •  Fecha de primera puesta en servicio.
  •  Histórico de revisiones periódicas y en su caso, reparaciones realizadas: Detalle, nombre de la persona competente que llevo a cabo la revisión o reparación.
  •  Próxima fecha de revisión.
  •  Checkpoint con las partes del elemento que han sido inspeccionadas.

El fabricante debe proporcionar todo dato e información, necesaria y adecuada, para que una persona competente pueda realizar las revisiones periódicas. Y la persona competente, seguir las directrices que le facilita el fabricante y documentar todo el proceso de revisión periódica.

Ficha de revisión líneas de anclaje textiles

Conforme al Real Decreto 773/1997, todo debe quedar registrado. El empresario está obligado a registrar por escrito todas las acciones realizadas con los EPI.  Este registro incluye tanto las revisiones y el mantenimiento desde el punto de vista práctico, como otros aspectos que han de reflejarse en las denominadas fichas de control de equipos de protección individual:

  • Registro de la entrega del EPI al inicio de la actividad laboral.
  • Registro de haber facilitado al trabajador las instrucciones de uso y mantenimiento.
  • Registro de la formación del empleado para el uso del EPI, teórica y práctica.
  • Registro de control o buen uso de los equipos.

Esta ley también indica que los resultados de las comprobaciones deberán documentarse y estar a disposición de la autoridad laboral y conservarse durante toda la vida útil de los equipos. 

El EMPRRESARIO Y LA SELECCIÓN DEL EPI

El fabricante debe enfatizar la necesidad de realizar inspecciones periódicas de forma regular, con el fin de garantizar el buen funcionamiento de sus equipos de protección individual. La seguridad del “usuario” y/o “trabajador” depende en gran medida de que el material sea eficaz y el equipo tenga una larga duración.

Según apunta la ley 1076/2021, el empresario tiene la responsabilidad de que los EPI adquiridos protejan a sus empleados de los riesgos concretos de su actividad laboral. Tiene la obligación de tener en cuenta los siguientes factores a la hora de elegir los equipos que compra para sus trabajadores:

  • Analizar y evaluar los riesgos existentes que no puedan evitarse o limitarse suficientemente por otros medios.
  • Definir las características que deberán reunir los equipos de protección individual para garantizar su función.
  • Comparar los equipos de protección individual existentes en el mercado y seleccionar según sus las exigencias.

La propia Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL), en su artículo 18.2, se afirma que “el empresario deberá consultar a los trabajadores, y permitir su participación, en el marco de todas las cuestiones que afecten a la seguridad y a la salud en el trabajo”. Y señala que “los trabajadores tendrán derecho a efectuar propuestas dirigidas a la mejora de los niveles de protección de la seguridad y la salud en la empresa”.

Contamos con con personal especializado y acreditado por los distintos fabricantes para la revisión obligatoria anual de equipos.

Elementos de amarre

Los trabajos en altura son una de las actividades de mayor riesgo a la que puede enfrentarse un trabajador dada la elevada siniestralidad en este tipo de actividades. Hay sectores con una elevadísima siniestralidad, destacando el de la construcción, el segundo sector con mayor número de bajas y decesos solo por detrás de la industria manufacturera y con un preocupante aumento.  Lo grave del problema es que estos accidentes podrían haberse evitado en su mayoría con una buena formación en prevención y con la correcta utilización de los equipos de protección individual obligatorios en estos trabajos.

Consideramos trabajos en altura aquellos que se realizan a distinto nivel por encima de la superficie sobre la que puede caer el trabajador y sufrir daños, siendo obligatoria la utilización de EPIS cuando esta altura sea superior a los 2 metros, sin perjuicio de que si altura es inferior se adopten medidas de protección adecuadas a cada caso, según define el INSST.  La Ley 31/1995 de prevención de Riesgos Laborales establece que estos equipos de protección individual deben ser utilizados cuando exista riesgo de caída desde distinto nivel, siempre que este riesgo no haya podido evitarse o reducirse mediante la aplicación de otras medidas preventivas colectivas y organizativas. Además, existe una normativa específica, el Real Decreto 1215/1997, modificado por el Real Decreto 2177/2004, sobre la utilización de equipos de protección para realizar trabajos temporales en altura.

Estos equipos están destinados a prevenir o detener las caídas libres y los daños asociados. En general están compuestos por un dispositivo de sujeción del cuerpo (arnés o cinturón), un punto de anclaje seguro y un sistema de conexión que una ambos elementos (cables, eslingas o cuerdas).  Los principales elementos de protección son los cascos de seguridad, EPI común en muchas actividades y sectores, arneses de seguridad, cinturones de seguridad, líneas de vida, eslingas y cuerdas.

Estos EPI’s contra caídas están clasificados como EPI categoría III, que son los más complejos porque protegen al trabajador frente a riesgos mortales o riesgos que puedan provocar un daño grave e irreversible.

En caso de que ocurra un accidente no deben utilizarse de nuevo bajo ningún concepto y hay que sustituirlos por unos nuevos.

 

EPI's - Elemenos de amarre Eslingas

Hoy os hablaremos de las eslingas, elementos de amarre para trabajos en altura que son equipos muy relevantes, ya que unen el anclaje o línea de vida con el arnés. Se utilizan en industria, construcción, eólicas entre otros, para desarrollar trabajos en cubiertas, ascender por escalas, sobre torres de telecomunicaciones, en definitiva, cualquier labor que supere una altura de 2 m.

Estos elementos pueden ser con absorbedor de energía para trabajos con riesgo de caída, y sin absorbedor de energía para trabajos en retención. Pueden ser diferenciados por eslingas simples, con un solo ramal de anclaje, y eslingas dobles, con dos ramales de anclaje.

El uso habitual de este tipo de elementos de amarre, al ser el elemento que conecta al operario con el anclaje de seguridad, es impedir o detenr una caída de más de 2 m de altura, restringir el movimiento del mismo y para posicionarse.

TIPOS DE ESlINGAS

Podemos diferenciar entre 3 tipos de eslingas:

ESLINGAS SIN ABSORBEDOR DE ENERGÍA – EN 354

En ellos, debe figurar el marcado CE seguido del número de organismo de control y la norma técnica correspondiente que lo regule, además de constar el nombre del fabricante, modelo, fecha de fabricación y caducidad, el manual donde figuren las instrucciones y una ficha donde se anoten las revisiones correspondientes.

ESLINGAS CON ABSORBEDOR DE ENERGÍA – EN 355

 Eslingas de detención de caída, fabricadas con cuerda trenzada, cuerda elástica, rizada y cinta, para limitar los movimientos del operario y así evitar una posible caída en factor 1 y 2, ya que disponen de absorbedor de energía para disipar la energía que provoca el impacto de la caída.

ESLINGAS SIN ABSORBEDOR DE ENERGÍA DE POSICIONAMIENTO- EN 358

Eslingas de retención que eliminan el riesgo de caída y que permiten al operario trabajar en altura con las manos libres, fabricadas con cuerda trenzada, cuerda torcida y cinta para limitar los movimientos del operario y así evitar una posible caída en factor 0. Deben ir siempre con un arnés de posicionamiento y no pueden funcionar por separado.

Sin la eslinga, un arnés de cuerpo entero es inútil para detener una caída. Hay una gran variedad de tipos de eslingas disponibles, cada una con su propio uso y diseño específico. Dependiendo del tipo de tarea que vaya a desempeñar, de la altura sobre la superficie del suelo que vaya a trabajar y diferentes factores,  la elección de eslinga variará.

Para saber que eslinga necesito para desarrollar una determinada tarea en altura, es muy importante tener en cuenta los siguientes aspectos:

 

  • La capacidad de carga de la eslinga, ya que existen eslingas con absorbedores especiales para peso cargas de 100Kg y 140 Kg.
 
  • El factor de caída y la distancia mínima de caída, ya que des esto depende que mi eslinga lleve o no absorbedor para disipar la energía de impacto en caso de que sufra una caída.
  • Si el operario va a estar fijo en un sitio o anclado a un dispositivo móvil y no precisa soltarse del dispositivo de anclaje. En este caso podría trabajar con una eslinga simple, por ejemplo.
 
  • Si el operario va a estar moviéndose precisa soltarse del dispositivo de anclaje. En este caso necesita trabajar con una eslinga doble para poder soltarse y alternar entre puntos de conexión, estando 100% conectado al dispositivo de anclaje.

Os recomendamos que os asesoréis por un especialista que analice vuestro caso y os recomiende el elemento más adecuado, eslinga, para desarrollar vuestro trabajo de forma totalmente segura. En Protecciones Gharo tenemos especialistas para ello, no dudes en preguntar:

ERRORES COMUNES EN EL USO DE ESLINGAS

A continuación, y con el objetivo de concienciar al trabajador en altura, os vamos a mostrar algunos de los múltiples errores más habituales y peligrosos que se cometen en el uso de elementos de amarre o eslingas. Los errores más habituales son la elección errónea de la eslinga y su uso incorrecto.

 

1 – El más común, usar un elemento de amarre sin absorbedor de energía con factores de caída 1 y 2. Con factores de caída superiores a 1, es obligatorio el uso de elementos con absorbedor de energía para garantizar que el operario no reciba más de 6KN en caso de caída.

 

2 – Cálculo erróneo de la distancia libre de caída. Una altura libre mal calculada e insuficiente provocará al operario lesiones graves, ya que llegará a impactar contra el suelo u otros obstáculos en caso de caída.

 

3 – Conectar erróneamente nuestro elemento de amarre a un punto del arnés que no es anticaídas. Sólo pueden conectarse a los puntos anticaídas de arnés que deberán estar marcados conforme a la EN 361 con una “A” o con “A/2 + A/2”.

ESTA PROHIBIDO conectarse sobre la anilla de suspensión (EN 813) o sobre las anillas laterales de posicionamiento (EN 358). Esto  generaría múltiples daños a la columna, la cadera y las cervicales, entre otros muchos daños irreversibles. Es muy peligroso e incluso puede ser mortal

4 Un error muy clásico, elegir una eslinga simple en vez de una eslinga doble o bifurcada.

 

5 – No revisar el equipo. Antes de utilizar una eslinga y siempre que vayamos a darle uso,  hemos de revisar su estado y comprobar que está en condiciones óptimas.

 

6 – Utilizar equipos textiles en trabajos en caliente. Hay que proteger los equipos textiles o bien seleccionar eslingas anticaídas ignífugas.

IMPORTANTE: rEVISIONES PERIÓDICAS

El fin de la revisión de un equipo de trabajo o EPI’s es la de determinar si dicho elemento se encuentra APTO o NO APTO para su uso.

Los elementos de amarre deben ser inspeccionados regularmente para asegurar su correcto funcionamiento y detectar cualquier defecto. Además, es necesario que los trabajadores reciban formación específica sobre su uso correcto, mantenimiento y almacenamiento, así como garantizar la reposición y renovación de los equipos cuando sea necesario.

Concretamente, las eslingas que son equipos fabricados con fibras textiles y poliéster, disponen de fecha de caducidad marcada por el fabricante, normalmente entre 5 y 10 años, dependiendo además del uso que se le dé al equipo.

En Protecciones Gharo, contamos con personal acreditado por los distintos fabricantes para la revisión obligatoria anual de equipos. Revisamos los EPI’s siguiendo las instrucciones del fabricante elaborando un informe indicando si es APTO o NO APTO para su uso, o si requiere algún tipo de reparación para su correcto funcionamiento e indicamos en el equipo la próxima fecha de su evaluación.

En caso de NO APTO gestionamos la destrucción del equipo evitando que sea utilizado por error.

Para asesoramiento técnico, cualquier consulta o duda sobre estos dispositivos, no dude en consultar con nuestros expertos.